martes, 14 de junio de 2022

LA COMPETENCIA DE O.N.D.A. S.A. EN EL RUBRO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS - CON EL AEREO PLUNA Y LUEGO TAMU (parte 10)

 DECRETO 9875 - PROMULGADO EL 15 DE SETIEMBRE DE 1939

PODER EJECUTIVO AUTORIZACION PARA DISPONER RECURSOS DE RENTAS GENERALES. OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO. TRANSPORTE AEREO.


"Artículo 1
Facúltase al Poder Ejecutivo para aumentar hasta $70.000.00 con cargo a Rentas Generales, la cantidad de $ 50.000.00 anuales de que dispone actualmente con objeto de subvencionar con arreglo a la presente ley, los servicios de transporte aéreos a que se refiere la ley número 9714, con el agregado de la ruta Montevideo - Río Branco, con escalas en Treinta y Tres y Melo. El Poder Ejecutivo podrá determinar escalas intermedias en las rutas establecidas.
Artículo 2
La subvención a que se refiere el artículo 1º será concedida a la empresa actualmente existente, denominada Sociedad Anónima Pluna - Primeras Líneas Uruguayas de Navegación Aérea - bajo las siguientes condiciones: .........."

La subvención paso de U$S 40.000.- de la época a U$S 56.000.- de la época, sin embargo ONDA tuvo que salir a rutas en condiciones muy precarias, sin que le dieran un solo peso de subsidio ¿COMPETENCIA JUSTA??










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