LA DESAPARICION DE LA EMPRESA POR TODOS LOS MEDIOS, SI O SI.
El Diario de la Noche, el 26 de junio de 1991, hacía esta publicación con el título entre signos de exclamación: ¡OJO CON LA ADJUDICACION DE ONDA A EXTRANJEROS!
De esta forma, se justificaba el prohibirle a O.N.D.A. S.A. cualquier tipo de asistencia del extranjero, recordemos que en 1990, se la había declarado como Empresa Inviable, según la Comisión de Análisis Financiero del Banco Central del Uruguay, con lo cual ya le habían cerrado las puertas a cualquier tipo de asistencia Nacional por la imposibilidad de poder refinanciar sus deudas como consecuencia de dicho dictamen.
Como se podrá ver, se esgrimieron argumentos de posibles demandas multimillonarias por parte de las demás Empresas de Transporte por el hecho de la aplicación del Decreto 228/91 que había cobrado vigencia tan solo 2 meses antes a la publicación de este artículo (24 de abril de 1991).
Sin duda, no había voluntades políticas en asistir de ninguna forma o por lo menos generarle algún tipo de chance a poder sobreponerse de su delicada situación y en los primeros meses de 1991 se tomaron ciertas decisiones que evidencian que a O.N.D.A. S.A. lo único que se le aseguraba era su desaparición.
1) El 24 de abril de 1991 se modifica el reglamento del transporte terrestre interdepartamental e internacional de pasajeros, Decreto 228/91. Impidiendo de esta forma a la Empresa, de cualquier tipo de negociación con extranjeros, ya sea para la asociación o venta de la misma.
2) El 13 de mayo de 1991 se le ejecutan en remate sus 20 autobuses más nuevos, siendo que en la anterior gestión de Gobierno, el Dr. Alejandro Atchugarry aseguraba ante la Comisión de Transporte del Senado, que autobuses que estuviesen cumpliendo un servicio de transporte público de pasajeros podían ser embargados pero nunca ejecutados.
3) El 8 de Julio de 1991, se intima a O.N.D.A. S.A., por parte del Director Nacional de Transporte a reanudar la totalidad de sus servicios en un plazo de 24 horas bajo el apercibimiento de caducidad de las concesiones. Siendo que la Empresa se encontraba en situación de conflicto gremial.
Sin animo de explayarme más, a continuación transcribo el artículo publicado en El Diario de la Noche el 26 de junio de 1991:
"Una eventual adjudicación de la empresa ONDA a extranjeros provocaría demandas millonarias contra el Estado, por violación de la "libre competencia nacional."
Esta afirmación fue realizada por el Director de Transporte, Juan Piegas, quien además señaló que esa repartición aconsejó hace 20 días cancelar los servicios de la transportista.
El jerarca dijo que la Dirección Nacional de Transporte por Carretera realizó un detallado estudio de la empresa ONDA, concluyendo en que no podían seguir manteniendo los permisos a esa empresa. Por otra parte, reveló que esa repartición del MTOP, tiene a su estudio 50 expedientes de solicitudes de concesiones de líneas, presentadas por empresas de turismo, transportistas que actualmente cumplen servicios de pasajeros y compañías que estarían interesadas en prestar esos servicios.
Si bien había anunciado la disponibilidad de una fuerte suma de dinero para invertir en la empresa, por parte del empresario brasileño Antonio Da Franca Cardoso, las negociaciones no tuvieron avances. Los servicios de ONDA, a excepción de una línea a San Gregorio de Polanco, están interrumpidos hace más de 20 días.
Venta a extranjeros provocaría demandas
Piegas, advirtió que una posible venta de ONDA a empresas extranjeras, provocaría demandas contra el Estado, por elevadas sumas de dinero, por parte de las empresas Nacionales, en reclamo de indemnizaciones por daños y perjuicios sufridos."
Hago un paréntesis aquí, porque el argumento de las demandas a mi me parece tan burdo, cuando en el país ya estaba operando una empresa de transporte internacional, cuyo principal accionista (dueño) todos sabemos que es Argentino, con barcos y también con buses (BUQUEBUS), la cual no genero ningún tipo de perjuicio como competidora a las demás empresas transportistas, ni tampoco, mucho menos, fue objeto de demanda alguna y hasta el día de hoy continua operando.
"El funcionario explicó que con esa medida se estaría violando la libre competencia, consagrada, constitucionalmente y permitido entre empresas nacionales.
Citó el decreto ley 14.798, la ley 16.170 que exige acciones nominativas en las sociedad y el decreto 228/91 sobre la concesión de líneas para fomentar una competencia sana, para beneficiar al Estado, como las principales normas que se estarían violando en caso de enajenación a extranjeros. Dijo que para conceder líneas a empresas del exterior, las exigencias son similares a la adjudicación de frecuencias de radio televisión requiriéndose autorización del Ejecutivo.
Consultado sobre los procedimientos existentes para la eventual adjudicación a otras compañías, Piegas dijo que se puede hacer por licitación en sentido directo, y en caso de fuerza mayor o urgencia por simple acto administrativo."
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