lunes, 23 de mayo de 2022

EJECUCIONES Y EXPROPIACIONES A O.N.D.A. S.A. - DIARIO OFICIAL (parte 29)

 


Diario Oficial 17 de mayo de 1993

"VIGESIMO TURNO
SENTENCIA Nº 17
Montevideo, 30 de marzo de 1993
VISTOS:
En Primera Instancia y para Sentencia Definitiva estos autos caratulados: "IZQUIERDO, Juan y Otros C/ONDA S.A. Liquidación Judicial.- Ficha 543/91".
RESULTANDO: I) A fs. 65-67 comparecen los accionistas, dependientes de la Empresa ONDA S.A. solicitando su Liquidación Judicial.
La misma es decretada el día 30/9/91 por auto Nº 2151 de fs. 71
II) Con fecha 21/10/92 y por decreto Nº2179 dictado a fs. 1340 se convocó para la Junta de Acreedores de acuerdo a la normativa vigente.
III) La Junta se celebró a fs. 1492 el día 9/12/92, habiéndose resuelto por los acreedores presentes la Liquidación de la Empresa y la declaración de insolvencia de la masa de acuerdo al informe efectuado por los Sres. Síndicos en su oportunidad.
IV) Vencido el plazo legal para formular oposición a lo resuelto en la Junta (fs. 1494 y 1555 a 1569), se convocó para el dictado de la Sentencia de acuerdo a lo preceptuado por el art. 35 de la ley 2230.
CONSIDERANDO:
I) El art. 35 de la ley 2230 prevé que el Juez, luego de la reunión de Acreedores, fallará en una misma sentencia sobre las controversias relativas a la validez o montos de los créditos, homologación del concordato, si éste hubiera sido ofrecido, la liquidación definitiva de la sociedad y declaración de solvencia o insolvencia de la masa si no hubiera habido proposición de concordato o éste no obtuviera la homologación requerida.
II) En la especie, en la Junta de acreedores no se presentó controversia alguna, a excepción de que se aceptó por algunos acreedores, en forma provisoria, la liquidación de sus créditos efectuada por los Sres. Síndicos, habiéndose ya agregado las sumas estimadas por aquéllos.
Habiéndose notificado la resolución de la Junta sin que mediaran observaciones, corresponde dictar la Sentencia Definitiva que declare la insolvencia de la masa y la Liquidación definitiva de la Empresa ONDA S.A.
En consecuencia, de acuerdo a los arts, 13 y siguientes de la ley 2230 y los complementarios del Código de Comercio.
FALLO:
Declárase insolvente a la masa y definitiva la Liquidación de ONDA S.A., oportunamente decretada por auto Nº 2713 de fecha 30 de setiembre de 1992.
Publíquese de acuerdo a lo dispuesto por el art. 36 de la ley 2230 expidiéndose de los edictos respectivos.
...................................
.........................................."


No hay comentarios:

Publicar un comentario