CADUCIDAD DE LOS SERVICIOS DE O.N.D.A. S.A.
LEASE BIEN LO QUE DICE LA TERCER PAGINA DE ESTA RESOLUCION, EL PROPIO MTOP RECONOCE QUE SOLO 7 LINEAS, DE LAS 62 NOMBRADAS EN ESTA MISMA RESOLUCION, FUERON OTORGADAS BAJO EL REGLAMENTO DE CONCESIONES, LAS DEMAS QUE SUMAN UN TOTAL DE 55 FUERON OTORGADAS CON ANTERIORIDAD A DICHA REGLAMENTACION. POR LO TANTO, ES TOTALMENTE LEGITIMO EL ARGUMENTO PRESENTADO EN LOS RECURSOS DEDUCIENDO ACCION DE NULIDAD, A ESTE DECRETO DE CADUCIDAD, DADO QUE QUEDA DEMOSTRADA LA FALTA DE POTESTAD POR PARTE DEL MTOP, EN HABER SIDO EL ORGANISMO ADMINISTRATIVO QUE LE APLICO LA CADUCIDAD A LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PASAJEROS Y ENCOMIENDAS A O.N.D.A. S.A.
PRACTICAMENTE TODO EL ACTO DE CADUCIDAD A LOS SERVICIOS DE O.N.D.A. S.A., FUE BASADO CASI EXCLUSIVAMENTE EN EL DECRETO 228/91 PUESTO EN VIGENCIA EN ABRIL DE 1991. ME VUELVO A PREGUNTAR ¿FUE ESTE DECRETO CREADO CON LA FINALIDAD LEGAL DE PODER BAJARLE LA CORTINA A O.N.D.A. S.A.?
No hay comentarios:
Publicar un comentario