jueves, 17 de marzo de 2022

EJECUCIONES Y EXPROPIACIONES A O.N.D.A. S.A. - (parte 18)

 




CARTEL DE BANCOS ACREEDORES ENCABEZADO POR EL BANCO CENTRAL DEL URUGUAY Y QUE NO ESTABA INTEGRADO POR EL BROU.

El objetivo de esta publicación es facilitar la comprensión de los lectores de los avisos del Diario Oficial, en el que algunos se refieren a la Liquidación Judicial (Izquierdo y otros contra ONDA S.A.) y otros a las prendas y embargos de los Bancos (Banco Central del Uruguay y otros contra ONDA S.A.).


"El Directorio del Banco República decidía, al cierre de esta edición, la concesión de un préstamo de 300.000 mil dólares a la empresa. El Cr. José Pedro Lafitte, director del Banco, reconoció que el caso es "complejo y de difícil solución" ya que para ONDA "es muy dificultoso poder cumplir con algunas de las condiciones" que establece el organismo financiero estatal. "
Semanario JAQUE 3/6/1987
Este fue el préstamo que el BROU hizo a O.N.D.A. S.A., y que significó el embargo del inmueble en Porto Alegre.


"En el caso concreto de ONDA, el República brindó nuevo crédito aún cuando están pendientes deudas anteriores. ..........
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Esta es una operación específica, concreta, y que no amerita a que nadie piense que se va a repetir o que se va aumentar. Es un préstamo muy concreto, con una garantía muy concreta, y resuelve un problema muy chico del panorama globar de ONDA. No es un cliente importante del Banco. La mayor parte de los negocios de ONDA están fuera del Banco de la República."
Entrevista al Contador Federico Slinger - Presidente del BROU en 1987.
Semanario JAQUE 15/7/1987





miércoles, 16 de marzo de 2022

SERVICIOS ESENCIALES - VERSION TAQUIGRAFICA CAMARA DE SENADORES 26 DE JULIO DE 1988

 


"SERVICIOS ESENCIALES. Se establecen normas en la materia.

SEÑOR PRESIDENT-E (Ese. Dardo Ortiz). -- Se pasa a considerar el único asunto del orden  del día: "Proyecto de ley por el que se establecen normas en materia de declaración de servicios esenciales. (Con o sin informe de la Comisión)" (Carp. NO 528/86. Rep. Nº 97/88)".

EXPOSICION DE MOTIVOS
En este proyecto sustitutivo ratificamos en lo fundamental el anterior presentado sobre el tema, incorporando modificaciones tendientes a subsanar algunas de las
criticas efectuadas en oportunidad de discutirse el proyecto original.
Reconocimos la facultad del Poder Ejecutivo de declarar Servicios Esenciales. pero ante las objeciones de las partes - sindicato de trabajadores o empresa concesionaria - establecemos un trámite sumario para que la justicia falle sobre el objeto controvertido.
Mantenemos pues lo esencial del proyecto anterior, consistente en subordinar la decisión del Ejecutivo al contralor del Poder Judicial, toda vez que los interesados manifiesten disconformidad con lo dispuesto por el Poder Ejecutivo.
Los recientes acontecimientos indican con elocuencia la necesidad impostergable de dar una solución legislativa al tema de los Servicios Esenciales.

Alberto Zumarán, Guillermo García Costa, Juan Raúl Ferreira., Dardo Ortiz, Gonzalo Aguirre Ramírez, Juan Martín Posadas, Walter Cavagnaro. Senadores.

PROYECTO DE LEY
Articulo 1º El Poder Ejecutivo determinará mediante resolución fundada, en las situaciones de conflictos colectivo de trabajo en servicios públicos, incluso los administrados por particulares, cuáles son los servicios esenciales que deberán ser mantenidos en funcionamiento, en las condiciones de emergencia que establezca y cuya interrupción determinará la ilicitud de la huelga o el ''lock out'', en su caso. Específicamente determinará los turnos laborales de emergencia  ser cumplidos y las secciones o tareas a mantenerse.

El Poder Ejecutivo podrá disponer las medidas necesarias para mantener dichos servicios, recurriendo incluso a la utilización de bienes y contratación de servicios personales indispensables para la continuidad de los mismos, sin perjuicio de aplicar al personal afectado, las sanciones legales pertinentes.

Art. 2º- El Poder Ejecutivo remitirá la resolución al Tribunal de Apelaciones del Trabajo, dentro de las 24 horas siguientes a su adopción, con los fundamentos y antecedentes que la motivaron. Igualmente, y dentro del plazo señalado, publicitará en los medios de prensa la resolución resuelta citando, a los que se consideraren afectados, a concurrir por escrito con sus razones ante el Tribunal de Apelaciones de Trabajo dentro de las 24 horas siguientes.
La intervención judicial no tendrá efecto suspensivo y deberá igualmente cumplirse la resolución adoptada.

Art. 3° El Tribunal de Apelaciones de Trabajo dispondrá de un plazo de 72 horas contadas a partir de la remisión de las actuaciones para determinar si la resolución es efectivamente relativa a un servicio esencial, y en su caso si las medidas dispuestas, y su alcance, se encuadran en el objetivo de su mantenimiento.
La Resolución del Tribunal, sin perjuicio de su inmediato cumplimiento, podrá ser objeto de un recurso extraordinario de revisión para ante la, Suprema Corte de
Justicia. El recurso podrá ser interpuesto por el Poder Ejecutivo a cualquier titular de interés legítimo que haya concurrido en el plazo referido en el inc. 1º del Art. 2º. Este recurso, no tendrá efecto suspensivo, y deberá ser resuelto dentro del plazo de 60 días contados a partir de la elevación de las actuaciones.
El Poder Ejecutivo dará inmediata publicidad a las resoluciones adoptadas por las sedes judiciales actuantes.

Art. 4º - Deróganse los artículos 3º, apartado f) 4º y 5º de la Ley N9 13.720, de 14 de diciembre de 1968.

Art. 5º- En los trámites establecidos no podrán deducirse cuestiones previas, reconvenciones ni incidentes. El Tribunal subsanará de oficio los vicios de procedimientos, asegurando la naturaleza sumaria del proceso.

Art. 6º - El Poder Ejecutivo mediando la declaración de servicio esencial podrá disponer que las organizaciones gremiales efectúen consulta a los trabajadores afectados por la medida con objeto de verificar si ratifican o rechazan la vigencia del conflicto pendiente o eventualmente su decisión frente a fórmulas de conciliación propuestas. La decisión será adoptada en régimen de votación secreta, con acceso a su ejercicio por todos los trabajadores, agremiados o no -dentro del plazo que a tal efecto se establezca- y con la intervención de la Corte Electoral a sus efectos.

Art. 7º - Comuníquese, etc.

Alberto Zumarán, Guillermo Garcia Costa, Juan Raúl Ferreira, Dardo Ortiz, Gonzalo Aguirre Ramírez, Juan Martín Posadas, Walter Cavagnaro. Senadores."



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SENADOR ZUMARAN.-  ............. "Al respecto, digo que eso tiene sus dificultades, por que la vida misma es extraordinariamente compleja. Por ejemplo, alguien podría pensar que al haberse establecido que el servicio de CUTCSA es esencial, todos los servicios de transporte deben serlo. Yo creo que no. Más aún: no responde a la experiencia nacional y no es lo que hizo este Gobierno. Observen los señores senadores que mientras un conflicto de CUTOSA motivó la declaración de servicio
esencial, hubo otro en ONDA, tan o más prolongado que el primero y no mereció una declaración de ese tenor. De manera que eso depende de las circunstancias particulares que vive un país y que varían en función del tiempo.
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..................... Es decir, la magnitud del mismo, ya que no es lo mismo para deflacionar el servicio de transporte colectivo que la huelga la lleve a cabo CUTCSA o una de las pequeñas cooperativas. No es lo mismo el caso de CUTCSA, que es insustituible, que
ONDA, cuyos servicios fueron sustituidos por una serie de pequeñas empresas de transporte a fin de que no quedaran localidades aisladas......................."

La pregunta, es simple ¿Por qué los servicios de CUTCSA se consideraron como esenciales y los de ONDA NO?
Téngase en cuenta que esto se dijo en una sesión de 1988, cuando O.N.D.A. S.A., aún estaba operativa, ya que resulta muy contradictorio, que dos años después en sesiones de la misma Cámara de Senadores, en las cuales se trato el tema ONDA, se dijera que de interrumpirse los servicios de ONDA, habrían serias complicaciones para varias localidades del interior del país.
Y hasta resulta en cierta forma PREMONITORIO, lo dicho por el Senador Zumarán, "....ONDA cuyos servicios fueron sustituidos por una serie de pequeñas empresas de transporte a fin de que no quedaran localidades aisladas". La caducidad de los servicios de nuestra querida O.N.D.A. S.A. fueron declarados en 1991, tres años después de está sesión de la Cámara de Senadores. Entonces, no puedo evitar preguntarme, ¿será que al Senador Zumarán lo traiciono el subconsciente y ya habría un pensamiento o predisposición (quizás acuerdo) política, a que los servicios de ONDA tendrían que ser sustituidos por otras empresas más pequeñas del ramo? 
En definitiva, este proyecto de Ley se voto negativamente 7 en 24, pero, es también evidente que si a O.N.D.A. S.A. en 1991, le hubiesen decretado la ESENCIALIDAD, en vez de una antirreglamentaria intimación a reanudar los servicios en 24 horas bajo apercibimiento de caducidad de los servicios, (como se dice vulgarmente) otro pájaro hubiese cantado.





 










martes, 15 de marzo de 2022

EJECUCIONES Y EXPROPIACIONES A O.N.D.A. S.A. - DIARIO OFICIAL (parte 17)

 


REMATE INMUEBLES - LOCALES DE AGENCIAS: CHUY, LA PALOMA, PIRIAPOLIS, MELO, TREINTA Y TRES, TACUAREMBO, PASO DE LOS TOROS, DURAZNO, TRINIDAD, BELLA UNION, PAYSANDU, YOUNG, FRAY BENTOS, DOLORES Y CARMELO. ADEMAS DE DISTINTOS PADRONES QUE COMPONIAN EL TALLER 1.

24 de noviembre de 1992, publicación en Diario Oficial de varios avisos con respecto a remates de inmuebles de O.N.D.A. S.A., con el mismo encabezado:

"JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
DE DECIMO TURNO
EDICTO.- Por disposición del Señor Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 10mo. Turno en autos: BANCO CENTRAL DEL URUGUAY Y OTROS c/O.N.D.A. S.A. y OTROS Juicio Ejecutivo Ficha C/61/85, se hace saber que el próximo (14 ,15, 16 y 17) de diciembre de 1992, desde las 14 horas, en Sarandí 518/20 se procederá por los martilleros .........."













lunes, 14 de marzo de 2022

EJECUCIONES Y EXPROPIACIONES A O.N.D.A. S.A. - DIARIO OFICIAL (parte 16)

 


"JUZGADO LETRADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL
VIGESIMO TURNO
Edicto.- Por disposición de la Señora Juez Letrado de Primera Instancia en lo Civil de 20º Turno, en autos caratulados: "IZQUIERDO, JUAN y otros c/O.N.D.A. S.A. (Organización Nacional de Autobuses S.A.). Liquidación Judicial Fa. 20/543/91", se convoca a los Acreedores de la Empresa O.N.D.A. S.A., para la Junta de Acreedores a celebrarse el día 9 de diciembre de 1992 a la hora 13 en esta Sede sita en San José Nº 1131 piso 4º de esta ciudad, para lo cual se habilitó el horario del Poder Judicial. Se previene: I) Que durante el plazo de esta convocatoria, el informe de los Sres. Síndicos, estarán a disposición de los Sres. Acreedores en la Oficina Actuaria de este Juzgado. II)Que las deliberaciones tendrán lugar sea cual sea el número de Acreedores que asista (Art. 26 y 27 de la Ley 2230. Y a los efectos legales se hacen estas publicaciones. Montevideo, 6 de noviembre de 1992. Esc. Marta M. Pedranzini Riviello, Actuaria. - 27) ............."






domingo, 13 de marzo de 2022

viernes, 11 de marzo de 2022

PEDIDO DE LLAMADO A SALA AL SEÑOR MINISTRO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS - 15 de mayo de 1991 - (parte 3)

 


"SENADOR GARGANO (Frente Amplio) - .............En lo que me es personal, me hago cargo de la actitud de la bancada del Frente Amplio, en cuanto a manifestar que aquí no queremos "la cabeza" del Ministro de Transporte y Obras Públicas, pero he firmado ese llamado a Sala con el espíritu de examinar la política general del Gobierno, del Poder Ejecutivo que ha permitido que esta situación desemboque en el problema actual. Asimismo, además de los fines legislativos existe una responsabilidad general del Gobierno que hay que rectificar porque por alguna razón se remataron los vehículos; por algo se malbarataron estos ómnibus y, por ende, esto va a llevar a que no se atiendan servicios."
..........................
"SEÑOR PRESIDENTE - "Si no se hace uso de la palabra se va a votar la moción de llamado a Sala del Señor Ministro de Transporte y Obras Públicas.
(Se vota:)
-9 en 27. NEGATIVA"
....................
.............................

SESION EXTRAORDINARIA DEL SENADO DEL DIA MIERCOLES 22 DE MAYO.-

"Montevideo, 15 de mayo de 1991, Señor Presidente de la Cámara de Senadores. Presente. De nuestra mayor consideración: Solicitamos que la Cámara de Senadores sea convocada en forma extraordinaria el próximo 22 de mayor a los efectos de considerar la situación de la empresa ONDA S.A. Sin otro motivo, saludamos a Usted atentamente,  Firman Astori, Gargano, Arana, Araújo, Pérez, Korzeniak y Bruera, Senadores"

-Léase otra moción llegada a la Mesa.

"Montevideo, 15 de mayo de 1991. Señor Presidente de la Cámara de Senadores. Presente. De mi mayor consideración: Por intermedio de la presente me dirijo a usted a los efectos de solicitarle autorización a la Cámara de Senadores según la facultad que me confiere el artículo 165 del Reglamento de la Cámara para realizar una exposición especial de una hora de duración el próximo miércoles 22 de mayo en una sesión
extraordinaria referida a la situación de la Empresa ONDA S.A. Sin otro motivo, saludo a usted atentamente. José Germán Araújo. Senador".
...................
......................
SENADOR ARAUJO (Frente Amplio) - ......................"No podemos quedamos ahogados para decir en el seno de nuestro hogar que tal o cual solución es viable y que tal
Presidente del Banco Central -para decirlo bien claro- toma una determinación absolutamente antojadiza, que niega el interés de esta nación, por todas las vías posibles. Quisimos tener la lealtad de hablar sobre esto con el senor Ministro y la
posibilidad de elaborar juntos una solución."
.....................
........................."Por eso hubiéramos deseado que él estuviera aquí presente para poder hablar en detalle, pero el Cuerpo lo negó. Se nos va a negar ahora también la posibilidad de exponer cosas que siempre se han facilitado a todos los legisladores? No recuerdo un solo antecedente de solicitud de una exposición eu Sala de media o una hora que fuera negada. ¿Se nos niega ahora a nosotros? Me parece que hay un error por lo menos, de evaluación del hecho, quizás porque uno se presenta a partir del otro y esto haya confundido a sectores del Cuerpo.
Creemos que sería inadmisible que no se nos permita ahora exponer sobre la empresa ONDA y contribuir con todo aquello que podamos aportar para la solución del problema." ...............












jueves, 10 de marzo de 2022

EL APOYO DE O.N.D.A. S.A., AL RETORNO A LA DEMOCRACIA (1984)

 



Publicación efectuada en el semanario JAQUE, semana del 16 al 23 de noviembre de 1984, títulada: "Un día en la vida de Alberto Zumaran".

" La unidad de ONDA, pintada especialmente con los colores nacionalistas y las leyendas de la campaña era, según nos dijeron, el ómnibus que la empresa ofeció a cada uno de los partidos políticos, como ya lo hiciera en el 71. En su interior todo estaba dispuesto para la mayor comodidad de los pasajeros: al fondo el baño y una pequeña despensa, un poco más adelante había retirado una fila de asientos y colocado un perchero, de donde colgaban sacos, trajes y gabardinas. En una de las dos mesas existentes el colega de la oficina de prensa partidaria comenzaba a preparar sus papeles y la máquina de escribir. En la otra, el Ingeniero Horacio Terra compartía unos bizcochos con su Señora.
Zumarán y Magadalena, su hija, ocupaban el primer asiento. En el lugar donde normalmente el guarda deposita su boletera y planillas había una cantidad enorme de caramelos de miel, que el candidato nacionalista consumía ávidamente. Magadalena controlaba celosamente los cigarrillos que fumaba Zumarán y de tanto en tanto reprendía al Chofer, que insistía en convidarlo."
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"A las 11:30 hs. el ómnibus pasó por Casupá, y a intervalos de diez minutos por Reboledo y Cerro Colorado. En este último paraje Pedro, el Chofer, dejó escapar una sonrisa: "Los pagos del tío Coco", comentó, e hizo bromas sobre las posiciones políticas de Alberto Gallinal."
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En esa oportunidad, el Partido Nacional, "lamentablemente",  no gano las elecciones, pero más "lamentable" aún, fue el hecho, de que cuando conquisto el poder en 1990, al parecer los "Nacionalistas", se olvidaron de todas las manitos que O.N.D.A. S.A. siempre les dio a la hora de las campañas electorales.